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México, D.F. 15 de marzo de 2005. La LVIII legislatura de la Cámara de Diputados trabajó en el proyecto consultando a todos los actores de la comunidad portuaria y marítima, obteniendo la aprobación de todos ellos, excepto del grupo de pilotos que por sentir que se afectan sus intereses gremiales manifestaron diversas observaciones que de considerarse pondrían en riesgo las operaciones de los puertos, dicho proyecto fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados, mientras que el Senado realizó algunas modificaciones que ya se encuentran nuevamente en manos de los diputados.

Actualmente la iniciativa de Ley de Navegación y Comercio Marítimos fue aprobada por mayoría en la Comisión de Transportes y por unanimidad en la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados quedando solo pendiente su aprobación en el pleno de los diputados.

La iniciativa, sienta las bases para la reactivación de la marina mercante mexicana, ya que regula la expedición de los permisos temporales de navegación a embarcaciones extranjeras que realicen actividades de cabotaje a un máximo de dos años y, para continuar operando en aguas nacionales, se verán obligadas a abanderarse como mexicanas. Disposiciones cuyo efecto multiplicador se traduce en lo siguiente: a) genera empleo para los marinos mercantes nacionales y para los egresados de las escuelas náuticas; b) favorece la recaudación fiscal, toda vez que las embarcaciones con pabellón mexicano pagan impuestos y c) asegura el abasto de embarcaciones para satisfacer las necesidades de Pemex en torno a las actividades costa afuera.

El Jefe de la Unidad de Planeación Estratégica Marítima y Portuaria de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, Lic. Marco Tulio Munive Temoltzin informó que la iniciativa también incorpora disposiciones novedosas tales como: el seguro marítimo, para otorgar certeza jurídica a las partes, garantizando el cumplimiento de los derechos y obligaciones; las compra ventas marítimas, estableciendo lineamientos claros para que los particulares pueden realizar transacciones de mercancías a través de incoterms y; las disposiciones procesales, que definen los procedimientos a seguir en materia de investigación de accidentes, embargo de embarcaciones y ejecución de la hipoteca marítima, entre otras.

Establece además disposiciones en materia ambiental, que regulan lo concerniente a sanciones administrativas y responsabilidad civil por daños derivados de la contaminación marina generada por buques o artefactos navales, prescribiendo la obligación de reparar el daño mediante la restauración y limpieza de las áreas contaminadas.

La iniciativa de Ley de Navegación incluye un capítulo relativo a la educación marítima mercante, que contiene disposiciones en cuanto a que la SCT organizará la capacitación y la formación del personal de la marina mercante, cumpliendo con los requisitos establecidos en los tratados internacionales, además de autorizar los planes y programas de estudio de conformidad a las necesidades del sector marítimo y apoyar el desarrollo de los planes y programas de capacitación en materia de pesca.

Otros aspectos a destacar, son que de aprobarse dicha iniciativa se fortalecería la figura del Capitán de Puerto como máxima autoridad frente a las Administraciones Portuarias Integrales y se flexibiliza el despacho de embarcaciones de recreo y deportivas, a efecto de promover el turismo náutico sin poner en riesgo la seguridad de la vida humana en el mar.